Tengo un vecino ruidoso, ¿qué hago?

Publicado en mayo 23, 2018 10:33 pm

En  nuestras Comunidades, todos nos hemos enfrentado alguna vez a esta situación. Es parte del día a día de la convivencia. Está en cada uno de nosotros comprender que hay ruidos que son perfectamente normales y están dentro de los límites aceptables en los hogares vecinos, así como en el nuestro.  Es parte de la tolerancia y el respeto entender que hay ocasiones en que es inevitable que las mascotas ladren, los niños lloren, algunas cosas se caigan, hayan ruidos en la cocina o incluso tener el derecho a escuchar música a un volumen y horas razonables. Todo esto es normal, es el desarrollo de la vida e intimidad de cada familia.
Sin embargo hay comportamientos que no son normales. Hay ruidos que realmente, tenemos la potestad de denunciar porque se convierten en contaminación auditiva, dañina para los oídos, productora de estrés, y a largo plazo, deteriora el sistema nervioso. ¿qué comportamientos no son normales? Es bueno que los conozcamos, para poderlos evitar a futuro:

  • Debemos evitar afectar el derecho a la tranquilidad, la salud, la intimidad personal, familia y vida digna de nuestros vecinos.

Según nuestro nuevo Código de Policía, no deben efectuarse los siguientes comportamientos:

  • Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo.
  •  Cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas.
  •  Actividades diferentes a las aquí señaladas en vía pública o en privado, cuando trascienda a lo público, y perturben o afecten la tranquilidad de las personas.

Por ejemplo: ruido excesivo por fiestas en apartamentos o en el salón social, música a alto volumen en el día, poca consideración en el uso de zapatos de tacón alto o pisos de madera,  juegos y reuniones de personas demasiado ruidosos en las zonas comunes, obras,  arreglos y uso de aparatos o maquinaria en horas no permitidas, y actividades que siendo del ámbito de lo privado, trasciendan a lo público, entre otras.
Ahora que sabemos qué no hacer, ¿qué curso de acción podemos tomar cuando no seamos nosotros los ruidosos, sino uno de nuestros vecinos?

  • Reconoce a  los miembros de tu Comunidad. Es importante que al menos de vista, tengas claro quiénes son tus vecinos y qué condiciones especiales, como un bebé o un anciano, por ejemplo, podrían ser más susceptibles al ruido. La idea es que no hagamos a los demás lo que no queremos que nos hagan.
  • Ubicar con certeza la fuente del ruido, tanto si es ocasional como si es algo frecuente.  Deseamos hacer llegar a las entidades pertinentes la información correcta sobre el causante del perjuicio.
  • Evitar confrontar directamente al causante del ruido.
  • Informar a la Administración de tu Comunidad. Si es de noche, informa al puesto de vigilancia, para que ellos se encarguen de llamar a los causantes de la molestia y pedirles que cesen las actividades que están causando molestias.
  • Llamar al Cuadrante de Policía para que se apersonen de la situación, y siguiendo los protocolos establecidos en el Nuevo Código de Policía, pidan a los causantes que cesen el ruido.

Si esto no funciona, puedes elevar el caso al Comité de Convivencia o a los miembros del Consejo de Administración, para que tomen todas las medidas estipuladas en el manual de convivencia de la copropiedad, la ley 675 de 2001 de Propiedad Horizontal en Colombia, y el nuevo código de Policía. Incluso, es posible elevar una acción de tutela contra el vecino ruidoso.

Tengamos en cuenta que generalmente, para los arrendatarios, las sanciones estipuladas en manuales de convivencia de las copropiedades  pueden ser mucho más elevadas que para los coprietarios.

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